Es posible cumplir la ley gracias a de una serie de Medidas Alternativas vigentes en la actual Ley General de Discapacidad (Poner el link que dirija al BOE – El Real Decreto 364/2005, de 8 de abril);
– Contratar un trabajador autónomo con discapacidad o un Centro Especial de Empleo para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad mercantil.
– Contratar un trabajador autónomo con discapacidad o un Centro Especial de Empleo para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa.
– Realizar donaciones a entidades sin ánimo de lucro que tengan como objeto la integración social de personas con discapacidad.
– La constitución de un enclave laboral, previa suscripción de un contrato con un Centro Especial de Empleo.