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La Ley General de la Discapacidad (Antigua Lismi)

La LGD (antigua LISMI) establece que todas las empresas públicas y privadas españolas, cuya plantilla (cómputo total de empleados independientemente del tipo de contratación) sea de 50 o más trabajadores, deben tener una “cuota de reserva a favor de las personas con discapacidad”. Es decir, reservar el  2% de la plantilla a personas con una discapacidad igual o superior al 33%.

Poner el link para que se puedan descargar la ley-(Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social)

 
 

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